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Tú lo has dicho tergiversar es lo que buscan, para que la mayoría de la sociedad en un futuro, después de las innumerables patrañas que poco a poco van apareciendo en los diferentes medios, tratando de delincuentes a los que se descargan audiovisuales y el apoyo continuo del gobierno a la archiconocida sociedad de gestión (que ya hasta avanza borradores de ley), crean que las copias privadas son ilegales o que existe animo de lucro al bajarse algo de las redes p2p pudiendo esto influir en los jueces a largo plazo a la hora de interpretar las leyes.
Que retiren el artículo ya !!!
Infilter |
02.02.05 - 2:51 pm | #
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mejor que quitarlo, lo han "marcado", lo cual debe de dejar al inexperto usuario que ha colgado ese articulo en la wikipedia lo poco que como funciona.
Que pena que los de arriba no se den cuenta que en internet sus mentiras se las lleva el viento, la de dinero que nos ahorrariamos. :D
Tommylee |
02.02.05 - 4:09 pm | #
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mejor que quitarlo, lo han "marcado", lo cual debe de dejar al inexperto usuario que ha colgado ese articulo en la wikipedia un poco pasmado y ha dejado ver que no tiene ni idea de como funciona.
Que pena que los de arriba no se den cuenta que en internet sus mentiras se las lleva el viento, la de dinero que nos ahorrariamos. :D
Perdon por comerme unos cuantos renglones, cosas del directo!
Tommylee |
02.02.05 - 4:12 pm | #
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Como complemento a este controvertido tema, me gustaria que echarais un ojo a este pequeño articulo:
http://80.34.38.142:8080/drupal/...upal/?q=node/
90
)))
Pepe Perez |
Homepage |
02.02.05 - 7:50 pm | #
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Supongo que María Jimenez no dudará un instante en pasar por la apisonadora este libro:
http://www.lne.es/secciones/
noti...NumEjemplar=809
Ironías de la vida...
Jose Luis Gonzalez |
02.03.05 - 6:51 am | #
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Menuda replica! que montonazo de sabiduria desprende este hombre por sus deditos, me he enterado de un monton de cosas que ignoraba! menos mas que existe gente como el, la pena es q esa replica no se pueda poner a colacion de la definicion de delito de redes en wikipedia.
Ziba |
02.06.05 - 5:52 am | #
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Completamente de acuerdo con Jorge, no se donde vamos a terminar llegando a este paso. Además de ver con desesperanza como Polonia ha cambiado de parecer, enfin..., creo que nos encaminamos a un mundo robotizado donde nos programen con lo que tenemos que hacer, decir, pensar...y consumir, porque todo esto está encaminado al consumismo y la empresa a costa de recortar nuestras libertades civiles y derechos poco luchados y mantenidos. El inconformismo pasotista está haciendo estragos. Me gustaría saber Jorge en base a todo este tipo de cosas ¿qué opinión te merece el próximo referendum de la Constitución Europea?
Un abrazo 
acentillo |
Homepage |
02.09.05 - 5:19 am | #
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Acentillo:
Datos de hoy: el 90% de los Españoles reconoce no conocer la Constitución Europea (habría que ver cuántos conocen la Española, a parte de los opositores). O sea, que como máximo el 10% debería ir a votar. Pero me temo que, como siempre, la gente votará lo que no conoce, y luego creerá satisfecha que sus intereses están sieno representados por quienes ellos han elegido.
¡Puaj!
Asco me da el sistema.
Salu2
Jorge
Jorge Cortell |
Homepage |
02.11.05 - 1:01 am | #
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Hola, Jorge (y demás . Quisiera hacer un par de comentarios respecto a los dos primeros puntos, porque, pese a ser un ferviente defensor y usuario del intercambio de archivos por Internet, me surgen dudas, y lo que no voy a hacer es acallarlas gritando más fuerte. Yo quiero saber.
1.- Dices que, incluso en el caso del software, es legítimo hacer uso de una copia de seguridad, aunque no se haya adquirido el producto original. Y yo me preguntaba si las licencias de software (propietario o privativo, como tb lo llaman) no tienen nada que ver a este respecto, puesto que algunas de ellas lo prohiben explícitamente hasta el punto de que el consumidor no compra el software, sino el derecho a uso, y a un uso ciertamente restringido.
2.- Tb dices que no cabe hablar de copia ilegal, "ya que la copia privada, en el ordenamiento jurídico español está compensada con el pago de un canon sobre los soportes vírgenes". Entonces, ¿cabría defender la legalidad de la copia privada compartida por Internet oponiéndose al mismo tiempo al canon compensatorio que se aplica a los soportes vírgenes?
¿Antes de existir dicho gravamen, la defensa del intercambio de archivos tenía alguna coartada legal? ¿Hasta qué punto deberíamos aceptar ahora la imposición de este tipo de compensaciones aplicadas a otos soportes (hardware) e incluso a servicios (conexiones a Internet)?
Gracias anticipadas por tu respuesta.
sosonok |
03.20.05 - 6:12 am | #
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He iniciado una votación para trasladar la información actual (mucho más neutral que cuando se redactó la primera versión hace año y medio, aunque claramente aún hay mucho por pulir) a un título más adecuado como "Aspectos legales de las redes P2P" o algo así.
Los usuarios no registrados no pueden votar, y no nos gusta mucho que la gente se registre sólo para votar, pero el texto del artículo lo puede modificar cualquiera, y si alguien ve un dato no neutral o incorrecto, pido encarecidamente que lo corrija: al final todos lo agradeceremos. Eso sí, sin reemplazar un sesgo por otro.
Por supuesto, también podéis opinar sobre el artículo en la página de discusión.
sabbut |
03.28.05 - 2:51 pm | #
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Hola sosonok (y todos los demás),
Si queréis una "conversación" o tenéis alguna duda, por favor enviármela por e-mail, ya que a veces no consigo seguir los comentarios a mi blog (ojalá me los enviase por email).
Gracias,
Jorge
Jorge Cortell |
Homepage |
04.08.05 - 1:35 am | #
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Commenting by HaloScan
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