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En España la Blasfemia NO es un delito.
La Blasfemia se define como:
1. f. Palabra injuriosa contra Dios, la Virgen o los santos.
El Artículo 525, del código penal dice:
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
Una cosa es injuriar a Dios(que será pecado, pero no es delito) y otra diferente es ofender intencionadamente a los creyentes(que si es delito).
Por ejemplo: Si afirmo "Dios no existe", esto cometiendo una Blasfemia(y arderé en el infierno por mi pecado), pero no estoy cometiendo ningún delito. Ya que no hago dicha afirmación "para ofender los sentimientos" de nadie, solo busco expresar mi opinión al respecto.
ES posible que algunos creyentes se sientan ofendidos con mi postura. Pero no por ello estoy cometiendo un delito. El articulo 525, no dice "Incurrirá en pena de(...) los que ofendan", sino "los que para ofender, hagan ". Que los creyentes se ofendan o no, con mis opiniones no es mi problema.
Alb |
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20.02.09 - 2:23 pm | #
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